Al margen de Tribunal Europeo de Derechos Humanos, del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Constitucional, cuyas resoluciones son vinculantes para todos los jueces, solo se puede hablar de jurisprudencia cuando nos hallamos ante  dos sentencias “conforme de toda conformidad” del Tribunal Supremo. El 23 de diciembre de 2015 (sí 2015 y no 2016) nuestro alto Tribunal dictaminó que la cláusula que algunos bancos (Popular y BBVA) incluían en sus hipotecas de repercutir al cliente los gastos de formalización de la hipoteca es cláusula abusiva cuando nos encontramos ante un consumidor final. Concretamente, se habla de gastos de Notaría, Registro y del impuesto de Actos Jurídicos documentados. Como ocurrió con la declaración de nulidad de las cláusulas suelo, y mucho antes con la del redondeo, el interés mediático que la noticia (¿un año después?) ha despertado es comprensible.

Vaya por delante que reclamar a un banco es un ejercicio siempre saludable. El proceso debe comenzar con un simple escrito pidiendo la devolución de las cantidades indebidamente pagadas en virtud de la cláusula declarada nula por el Supremo. Dos meses tiene la entidad para contestar y dejar expedito el camino bien a una nueva reclamación al Banco de España o bien a acudir a la vía judicial. El proceso sencillo en sus aspectos formales se presenta sin embargo lleno (en estos momentos) de incógnitas. No queda claro que pese a la sentencia nos hallemos ante una jurisprudencia asentada, ya que otra resolución posterior podría matizarla o incluso eliminar gran parte de las expectativas creadas. Los bancos no ganan nada reconociendo (en este momento) la procedencia de la devolución y es de esperar que dilaten la resolución o se opongan, como tantas veces han hecho, apelando a la responsabilidad de los clientes que sabían lo que firmaban por haber sido debidamente informados.

Finalmente hay otras dos consideraciones que pueden limitar la trascendencia económica para los consumidores, como son por un lado que los procesos de cuantía no superior a 2.000 euros  no conllevarán para el banco condena en costas, salvo determinados supuestos muy concretos, y por otro que, respecto al concepto de Actos Jurídicos documentados no es pacífico que, pese a la solitaria sentencia del Tribunal Supremo y algunas de tribunales de menor rango, sea realmente un concepto que corresponda asumir a la entidad, ya que la Ley deja claro que es un impuesto cuya exacción corresponde al favorecido por el acto plasmado en la escritura, y siendo la hipoteca una garantía para el banco, el impuesto correspondería al Banco, pero existe sentencia de nuestro Tribunal  Supremo que indica que cuando se trata de un préstamo garantizado con hipoteca, el beneficiario es el prestatario, y por tanto es un tributo que correspondería sí o sí al consumidor y no al banco prestamista. Solo la evolución posterior de las sentencias nos indicará si este concepto es acogido o no por los Tribunales. Se inicia un camino no del todo claro en su andadura.

Joaquín Rodríguez Hurtado-Abogado

 

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2 thoughts on “RECLAMAR LOS GASTOS DE HIPOTECA

  1. Lo más cachondo de todo es que el cliente es el que tenía que pagar y el notario lo elegía el Banco, no podías ir al notario que tú quisieras. Y por supuesto la Gestoría tenía que ser también con la que ellos trabajan. No así el registro porque ese ya es el que te corresponde geográficamente, pero eso ya le da más igual al Banco, el registro lo que hace es facilitar la información de la situación registral de la finca previa a la firma y posteriormente alojar en el sitio adecuado el protocolo firmado por las partes ante notario.

    • Efectivamente, Vicente, a la hora de firmar un escritura el cliente siempre ha tenido poco margen para elegir. Tanto tasador como notaría y gestoría han venido siendo impuestos por el banco, lo que ahonda en la idea que expone el Tribunal Supremo de que son gastos realizados a favor del banco por lo que su repercusión, en el caso de la notaría y de la gestoría, al cliente se ha considerado abusiva.

      Gracias por tu comentario, un saludo,
      Joaquín

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